NOSOTROS

NOSOTROS

¿Qué es el IMPLAN?

El Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) de Guanajuato es un organismo público descentralizado de la administración municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual funge como órgano técnico-consultivo y coordina el Sistema Municipal de Planeación.

Entre sus principales actividades está la asesoría técnica a las dependencias municipales, la planeación armónica, integral, sustentable e interdisciplinaria; lo anterior, a través de la vinculación con los sectores sociales, privados, académicos y gobierno a mediano y largo plazo; de tal manera que se garantice el desarrollo equilibrado y con ello trascender y dar continuidad a las prioridades integrales del municipio, con especial énfasis en los aspectos críticos de la población guanajuatense y el territorio municipal.


Orientar el desarrollo integral, equitativo y democrático del municipio, en equilibrio con su patrimonio histórico y en estrecha relación con su riqueza natural, a través de la integración del Sistema Municipal de Planeación, mismo que permite instrumentar y consolidar los ejercicios de planeación consensuados, estudios y proyectos de investigación, así como la sistematización de la información de calidad, oportuna y legítima, su monitoreo y evaluación permanente.


Ser el órgano interlocutor de los ejercicios legítimos de planeación técnico-consultivos que definen el rumbo de un municipio patrimonio de la humanidad, mismo que se encuentra en estrecha relación y equilibrio con su entorno y su ecosistema.


El Instituto tiene por objetivos los siguientes:

  1. Auxiliar al Ayuntamiento y al Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal (COPLADEM) en el cumplimiento de las funciones que les confiere la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el Reglamento de Planeación para el Desarrollo Integral del Municipio de Guanajuato, Gto., y el Reglamento del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Guanajuato, Gto., respectivamente, en materia de planeación, emitiendo opiniones y recomendaciones al propio Ayuntamiento para que éste los discuta y apruebe en su caso.
  2. Asesorar al Ayuntamiento y coadyuvar con él en la planeación armónica, integral y sustentable del municipio, con visión multidisciplinaria y de desarrollo a mediano y largo plazo.
  3. Asesorar técnicamente al Ayuntamiento, a las dependencias del gobierno municipal y a las entidades paramunicipales, en la instrumentación y aplicación de normas que se deriven del Sistema Municipal de Planeación.
  4. Fortalecer y dar continuidad a los proyectos de planeación y facilitar la gestión entre los diferentes sectores involucrados en la planeación del desarrollo del municipio.
  5. Implementar líneas de acción que tiendan a lograr el desarrollo equilibrado del municipio y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.
  6. Elaborar proyectos técnicos viables para ser aplicados por la Administración municipal, en beneficio de sus habitantes.
  7. Diseñar la metodología para la elaboración de planes, programas y demás instrumentos del Sistema Municipal de Planeación, así como de los proyectos de investigación y sistemas de información, que den sustento a los mismos.
  8. Difundir, previa autorización del Ayuntamiento, el Sistema Municipal de Planeación, los proyectos de investigación y los sistemas de información.

El 20 de diciembre del 2010 se constituyó la creación del Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) conforme al decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato en su edición número 202. A partir de su creación, ha tenido tres reformas plasmadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, un dictamen aprobado por el Ayuntamiento 2012-2015 y un proyecto de reforma, mismas que se enumeran a continuación:

  1. El 8 de marzo del 2011 Número 38, en la que se reforman las fracciones I, II, III y IV del artículo 37 y la fracción V del artículo 38; se adicionan, la fracción V del artículo 37, el artículo 37 BIS, y la fracción VI al artículo 38.
  2. El 15 de febrero 2013 Número 27, en la que se reforma el artículo 12, fracción II.
  3. El 30 de agosto del 2013 Número 139, en la que se deja sin efectos los artículos transitorios. Primero, Segundo y Tercero de la Reforma al Reglamento del 14 de agosto de 2012.
  4. Dictamen CAIDUIOETEIP/001/12-15 del 14 de mayo del 2013. En éste se aprueba que el Instituto Municipal de Planeación de Guanajuato siga siendo un organismo descentralizado de la Administración municipal, se precisa su estructura orgánica y se ajustan sus atribuciones.